Aprendemos de Paulo (D. 7, 1, 1 1) que en el Derecho de la antigua Roma usufructus est ius alienis rebus utendi fruendi salva rerum substancia (= el usufructo es el derecho de usar y disfrutar cosas ajenas, quedando a salvo la sustancia).
- El concepto de usufructo romano está presente en el Derecho civil actual
Es una célebre definición, recogida incluso en legislaciones modernas, como prueba el artículo 467 de nuestro Código civil cuando dice que el usufructo da derecho a disfrutar los bienes con la obligación de conservar su forma y sustancia.
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- Usufructo
+ Orígenes del usufructo
+ Características del usufructo
+ Contenido del usufructo
+ Facultades del usufructuario
+ Constitución y extinción del usufructo
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Fuente:
Derecho privado romano - Antonio Ortega Carrillo de Albornoz. Página 197.