lunes, 26 de diciembre de 2011

Concepto y contenido de la herencia

El concepto de herencia no siempre tuvo el mismo significado a lo largo de la historia del Derecho romano, sino que sufrió una paulatina evolución en el transcurso del tiempo.

Herencia en monedas romanas

- Concepto originario de herencia


Originariamente se concebía la herencia como una unidad compuesta por personas y bienes materiales dependientes del pater familias, que ostentaba el poder sobre los mismos. Por tanto, la sucesión hereditaria no se entendía como el traspaso de un patrimonio de una persona a otra, como sucedió después y como hoy sucede, sino que en aquella primitiva época lo importante en la sucesión era la continuidad del grupo familiar, constituyendo el derecho sucesorio el conjunto de normas que regularían la situación familiar a la muerte del pater, esto es, en qué forma y de acuerdo a qué principios debería continuar esa unidad familiar (bienes y personas) que formaban la familia agnaticia.

Así pues, la adquisición del patrimonio no era la finalidad principal de la sucesión, y el heredero recibía, en primer lugar, la soberanía doméstica que el pater tenía en vida, y sólo como una consecuencia lógica y natural de ella, recibía también el conjunto de bienes materiales, excluyéndose los bienes incorporales o derechos.

Herencia y Derecho romano

- Identificación de la noción de herencia en época clásica con pecunia, con dinero


Pero gracias a los grandes progresos sociales y a la profunda transformación de las costumbres, ya a principios de la época clásica, el concepto de herencia adquiere un matiz económico decisivo, comenzando a identificarse la noción de herencia con pecunia, dinero, bienes de cambio en definitiva, y lográndose al mismo tiempo distinguir claramente entre conceptos tales como derecho hereditario, sucesión y herencia.

+ Derecho hereditario


Derecho hereditario como un derecho que corresponde al heredero, y que consiste en la transmisión patrimonial de los bienes del difunto en concepto de herencia.

+ Sucesión


Sucesión, entendida como reemplazo en la misma situación jurídica que tenía el causante antes de morir.

+ Herencia


Herencia, equivalente a la masa hereditaria, esto es, a la totalidad de los bienes del difunto, a su entero patrimonio.

Dinero y herencia

- Configuración definitiva de la herencia en época justinianea


Todos estos conceptos fueron consolidándose paulatinamente durante toda la época clásica, hasta adquirir una configuración jurídica definitiva en época justinianea, y cuyas características, en esencia, se han transmitido a los Códigos modernos.

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- Derecho de sucesiones: nociones fundamentales


+ Características de la herencia

+ Bonorum possessio

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Fuente:
Derecho Privado Romano, Antonio Ortega Carrillo de Albornoz. Páginas 312 - 313.